Cancelar tus deudas sin tener que pagarlas es posible gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Un mecanismo legal que permite que autónomos y particulares puedan deshacerse de esas deudas, que, de alguna manera, parecen imposibles de liquidar.
¿Quieres saber en qué consiste este procedimiento y qué tienes que hacer para iniciar el trámite? Te lo contamos todo, a continuación.
La Ley de Segunda Oportunidad
Tener deudas de determinada envergadura, a las que no se les puede hacer frente, supone una gran dificultad para sobrellevar el día a día. En cualquier aspecto cotidiano, incluso para contratar una conexión de internet para tu propia casa, tener deudas es un impedimento. Y eso, sin entrar a valorar el gran estrés que genera esa problemática.
Pero por fortuna, en España existe lo que se conoce como Ley de Segunda Oportunidad. Que se trata de un mecanismo legal por el cual, las personas que cumplan determinados requisitos, pueden solicitar para reducir y minimizar la carga financiera.
En Premier Abogados encontrarás un equipo de profesionales especializado en este tipo de gestiones, por lo que, si deseas más información para cancelar tus deudas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de asesorarte sin compromiso y buscar la manera de resolver tus problemas financieros.
Si quieres conocer cuáles son los requisitos y cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad, te lo explicamos todo con detalle.
Cómo funciona la LSO para cancelar las deudas
Lo primero que cabe destacar es que este mecanismo pretende proteger tanto al acreedor como a la persona sobre endeudada. De hecho, en primera instancia, siempre se va a tratar de acordar nuevas condiciones con los acreedores para que el deudor pueda hacer frente a los pagos.
Incluso, en determinados casos la persona se podrá beneficiar de la cancelación total de las deudas. Esto es lo que se conoce como BEPI (Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho). En cualquier caso, para poder acceder a ello se deben cumplir ciertos requisitos.
Ley de Segunda Oportunidad, requisitos:
-Que se declare el estado de insolvencia, ya sea actual o de forma inminente.
-Que en el Concurso de Acreedores no sea declarado culpable.
–El total de las deudas no puede ascender a más de 5 millones de euros.
-Que el solicitante no se haya acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los 10 años anteriores.
–No haber sido condenado por delitos económicos en los 10 años anteriores, así como no haber sido condenado por falsificación documental.
-Debe constar la buena fe del deudor.
Por otra parte, es necesario que el deudor ceda todos los bienes y los activos que no sean imprescindibles para el ejercicio de su actividad. Por ejemplo, la maquinaria industrial, camiones, un taxi o un local comercial, que son elementos necesarios para que un negocio continúe con su actividad y pueda generar ingresos con los que solventar las deudas, entre otros.
En el caso de que la empresa no continúe con la actividad, los bienes del deudor se liquidarán o venderán y entonces, se solicitará la exoneración (o cancelación) de las deudas al juzgado correspondiente. Para ello, es necesario reunir toda la documentación relativa a las deudas. Y, para llevar a cabo todo este proceso, es necesario contar con asesoramiento y acompañamiento jurídico como el que encontrarás en el equipo de Premier Abogados.
¿Para quién es?
La cancelación de las deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad está disponible tanto para empresas, autónomos y particulares.
¿Qué puedes conseguir con la Ley de Segunda Oportunidad?
Poder deshacerte de esas deudas que te impiden avanzar supone un gran paso para ver el futuro con más claridad. Porque podrás volver a obtener financiación, podrás eliminar tu nombre de los listados de morosos y eso te permitirá contratar cosas tan sencillas como una línea de teléfono móvil. En definitiva, podrás empezar de cero con una nueva oportunidad para crear un futuro mejor.
Novedades en el procedimiento para cancelar tus deudas sin tener que pagarlas
Recientemente se han introducido cambios significativos en la Ley de Segunda Oportunidad. Cambios que facilitan aún más el proceso, ya que reduce ciertos gastos derivados del procedimiento. Son los siguientes:
–Se elimina la figura del notario, lo que ahorra al cliente alrededor de 300 euros.
–Ahora también se prescinde del mediador. Lo que supone un ahorro de más de 1.000€ en la mayoría de los casos. Por otra parte, se agiliza el proceso ya que al eliminar esta figura se acortan los pasos hasta obtener el resultado final.
–Los tiempos en los juzgados. También se han tomado medidas para acortar los tiempos judiciales para la resolución de procedimientos de la LSO.
¿Se pueden eliminar todas las deudas?
Una de las dudas frecuentes de los usuarios es saber si las deudas se eliminan por completo o si existe algún límite. En este caso lo que marca la ley es lo siguiente:
–En deudas con la Seguridad Social o con Hacienda, se pueden cancelar como máximo hasta 10,000 euros con cada entidad y de forma independiente.
–En cuanto a las hipotecas, la Ley de Segunda Oportunidad no contempla la posibilidad de cancelar la deuda totalmente, aunque existe un amparo especial. Se trata de la dación en pago, es decir, el deudor puede entregar la vivienda eliminando así el 100% de lo que reste de la hipoteca. Es decir, pierde la vivienda, pero no mantiene la deuda restante, como pasaba años atrás.
Por último, es importante saber que una vez obtenida la cancelación de las deudas, el juzgado puede realizar revisiones durante 5 años si lo solicitan los acreedores. Es por ello que, si eres beneficiario de la Ley de Segunda Oportunidad y recibes, por ejemplo, una herencia, debes notificarlo al juzgado para dar constancia de que actúas de buena fe, ya que es un requisito para poder acogerse a este procedimiento.
En ocasiones las cosas no salen como uno planeaba y de repente puedes encontrarte en una situación económica difícil. Pero gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, podrás cancelar tus deudas sin tener que pagarlas y así, empezar una nueva vida.
Pide asesoramiento y nos pondremos manos a la obra.